Mara Lezama, pagó de contado 4.8 millones de pesos por un terreno en el exclusivo Puerto Cancún.
MARCO ANTONIO BARRERA / LUCES DEL SIGLO
CANCÚN, Q. ROO.- Desarrolladora Cumpal, S.A.P.I. de C.V., la inmobiliaria familiar de la alcaldesa de Cancún, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, fue constituida con una capital inicial de 60 mil pesos, mes y medio despues, reportó como capital en la reciente empresa un pagó de 4.8 millones de pesos con el cual adquirio de contado un terreno en el exclusivo Puerto Cancún.
Esta adquisición fue formalizada el 21 de Junio de 2016, ante el notario familiar y actual síndico municipal, Heyden José Cebada Rivas, encabezado por Omar Terrazas García (esposo de Lezama) y Miguel Ángel Lezama Espinosa (hermano de Lezama
Segú la escritura pública número P.A. 14,784 protocolizada por la Notaría 62 de la que es titular el actual subordinado de la alcaldesa, establece que el terreno con superficie de 900 metros cuadrados fue adquirido por Desarrolladora Cumpal, S.A.P.I. de C.V., empresa constituida notarialmente mediante el instrumento 2,046 del 5 de mayo de 2016, y dada de alta 26 días después ante el Registro Público de Comercio, bajo el folio electrónico 30605.
Mediante una transferencia bancaria a través de la cuenta de Desarrolladora Cumpal, S.A.P.I. de C.V., número 0441207031 de Banorte se efectuó el pago por 4.8 millones de pesos realizado por los “empresarios”, que tuvo como destino al vendedor en el Banco Inbursa.
Siendo una de las cuatro propiedades que adquirieron los Terraza-Lezama entre 2016 y 2018, el lote de la lujosa unidad condominal 69-4-269 se ubica en la zona hotelera, Manzana 27, Lote 1-02, Sección-C de la Avenida Bonampak de Cancún. Al frente tiene un muelle con un cuerpo de agua apto para embarcaciones de gran calado y que conecta -a menos de 400 metros- con el azul turquesa del Mar Caribe, pagó un impuesto predial de 34 mil 639 pesos, según el recibo de la Dirección de Ingresos del Municipio (folio 1103665) de 2016.
Por esta propiedad y los predios de dos mil metros en la Avenida Huayacán y de 630 metros en la Av. Yaxchilán, además de un departamento en el exclusivo Marina Condos & Canal Homes fueron denunciados por enriquecimiento ilícito por la organizaciones civiles Opus Magnum de México y Monseju ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido).
A través de la figura legal “AD-CORPUS”se efectuó el traslado de dueño de la propiedad de Puerto Cancún, de esa manera ningúno de los involucrados podría reclamarse por el exceso o defecto de la superficie vendida, aunque en caso de encontrarse vicios ocultos los Terrezas-Lezma serían indemnizados.
En los datos generales de los compradores, el esposo de la alcaldesa de Cancún dijo haber nacido en el Distrito Federal (Ciudad de México) el 25 de octubre de 1970 (tendría en ese momento 45 años de edad), estar casado y con ocupación “empresario”, mientras que su cuñado nacido en la capital del país el 18 de julio de 1971 (tendría 44 años en aquel momento), casado y también “empresario”. Ambos manifestaron tener su domicilio en Privada Vivero, Manzana 7, Lote 2 de la Supermanzana 311 de Cancún.
Los accionistas fueron advertidos de las penas legales en que podrían incurrir por actuar contra la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, especialmente en materia de prevención de lavado de dinero, quienes quedaron obligados fiscalmente a pagar 96 mil pesos según el porcentaje aplicado por la operación como dicta la Ley del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles de los Municipios del Estado de Quintana Roo, y otros nueve mil 600 pesos por el llamado Impuesto Adicional para el Fomento Turístico, Desarrollo Integral de la Familia, Desarrollo Social y Promoción de la Cultura que establece la Ley de Ingresos del Municipio Benito Juárez.
Los Terraza Lezama burlaron el Impuesto al Valor Agregado, al declararse el inmueble para casa habitación, aunque la sociedad mercantil que representan tiene como objeto la compra-venta, enajenación, hipoteca, aportación de inmuebles a fideicomisos y la transmisión en general de propiedades.
El Impuesto Sobre la Renta fueron apercibidos de incluirlo en la declaración fiscal anual, para que su integración como activo empresarial fuera validado con el comprobante fiscal digital generado por la notaría.