Al revocar suspensión del Tren Maya, Tribunal pone en riesgo salud de comunidades: Indignación

mayo 28, 2020
por

“Riesgo para la comunidad Maya Ch’ol constituye un acto futuro de realización incierta”, argumento absurdo e increíble, destacan.

Redacción La Coperacha
Ciudad de México // 26 de mayo de 2020

Con la revocación de la suspensión del Tren Maya que otorgó un tribunal colegiado de Chiapas, se pone en riesgo la salud de las comunidades indígenas, advirtió el Grupo Indignación, asesores legales de la demanda de amparo de la comunidad Maya Ch’ol.

La organización añadió que los argumentos  del tribunal son absurdos, increíbles e irresponsables, por lo que solicitaron a la jueza, Lucía Anaya Ruiz Esparza, otorgar la suspensión definitiva,  en la audiencia programada para el 29 de mayo.

El riesgo de contagio “constituye un acto futuro de realización incierta, ya que no existe prueba alguna que indique que el contagio de ese virus, por la ejecución de las obras del Tren Maya, sea inminente”, sostuvo el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

De acuerdo al colegiado, que resolvió el recurso de queja presentada por Fonatur, la jueza que otorgó la suspensión de las obras del tramo Palenque-Escárcega no valoró que el Tren Maya es considerada una actividad esencial, ni valoró el orden público ni el interés social de la obra, y tampoco valoró de forma adecuada los protocolos de protección a los trabajadores establecidos por la Secretaría de Salud.

De acuerdo al Grupo Indignación, el argumento de que el riesgo sanitario “constituye un acto futuro de realización incierta”, es absurdo, pues significaría que “para los magistrados la población tendría que estar contagiada para que la suspensión de los trabajos debiera de otorgarse”.

Para los magistrados, sostuvo Indignación, fue suficiente el dicho de las autoridades sobre las empresas encargadas las cuales han observado las medidas de prevención para sus trabajadores y los pobladores como lavarse las manos con agua y jabón, cubrirse con un pañuelo, o no escupir.

Ante el fallo, Indignación cuestionó las propias medidas sanitarias tomadas por los tribunales ante la pandemia: “¿por qué razón, las sesiones mediante las cuales resuelven los recursos que se les plantean las resuelven a través de sesiones por videoconferencias, vía remota, es decir, porqué resuelven desde casa si no hay ningún riesgo de contagio por COVID-19?”.

Indignación subrayó que en estos momentos el mayor orden público e interés social debe ser la salud de la población. “Lo que los magistrados defienden a costa, es un proyecto presidencial favorable para las empresas constructoras y para el interés de Fonatur”, afirmó la organización.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Artículo Anterior

LANZA LAURA FERNÁNDEZ LLAMADO A CONAPESCA A ATENDER DEMANDA DEL SECTOR NÁUTICO

Próxima Artículo

Ante el inicio de la temporada de huracanes 2020, constata Pedro Joaquín protocolos sanitarios y condiciones de los refugios anticiclónicos

Ultimos artículos por Actualidad

Ir a Arriba