Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- El Juez Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo dictó sentencia de 3 años, 10 meses y tres dias de cárcel para el perito de Borge, Julio César Pérez Vela, que realizó un peritaje que sirvió para el injusto encarcelamiento del periodista Pedro Celestino Canché en 2014.
Canché, fue injustamente privado de su libertad acusado del delito de sabotaje por el simple hecho de documentar y difundir el desalojo violento de un plantón de pobladores de Felipe Carrillo Puerto, a las afueras de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado el 20 de agosto de 2014. El 30 de agosto del mismo año, Pedro fue detenido e ingresado a la cárcel de la localidad, donde fue golpeado brutalmente por internos desde la primera noche aun cuando las autoridades en prisión debieron salvaguardar su integridad. Pese a las lesiones graves, nunca fue atendido debidamente en el Hospital General del municipio.
El pasado mes de mayo de dos mil dieciocho fueron detenidas la Agente del Ministerio Público encargada de investigar los supuestos delitos cometidos por Canché en agosto de 2014, así como el Juez que determinó que existían elementos suficientes para dictar formal prisión y seguir proceso contra el periodista maya. De igual manera, el perito Julio César Pérez Vela, quien emitiera un peritaje de criminalística de campo sin que existiera ni siquiera denuncia en contra de Pedro se le inicio proceso el mismo mes de mayo de 2018.
En su momento, el Grupo sobre la Detención Arbitraria de la ONU señaló en la opinión 18/2015 que “[e]l arresto, la detención y el proceso judicial contra el Sr. Canché Herrera son el producto de represalias contra sus actividades.” Calificó la detención de Pedro Canche ́ como arbitraria y solicitó al Gobierno Mexicano “Disponer la inmediata libertad del Sr. Canché Herrera y proveerle con una adecuada reparación, incluyendo, entre otros aspectos, el otorgamiento de una adecuada compensación y la provisión del tratamiento médico necesario”
De la misma manera, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a través de la Recomendación 13/2015, señaló que Pedro Canché sufrió violaciones a sus derechos a la libertad de expresión, integridad personal y seguridad jurídica, mediante la detención arbitraria durante más de ocho meses en Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, con motivo de una acusación sin sustento del Gobierno de Roberto Borge.
Pedro Canché recuperó la libertad el día 28 de mayo de 2015 tras un arduo esfuerzo de su defensa implementada por ARTICLE 19. En su resolución, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Quintana Roo concluyó que no había pruebas suficientes para determinar responsabilidad por el delito de sabotaje ya que el periodista se encontraba en el lugar de los hechos únicamente para grabar las manifestaciones.
Esta resolución permitió confirmar que la detención de Pedro Canché respondió a un afán de inhibir su libre ejercicio periodístico, además de que en todo momento la acusación en su contra estaba sustentada en elementos sumamente contradictorios e inconsistentes.
Tales inconsistencias vulneraron los derechos de Canché a la libertad personal, la libertad de expresión, el acceso a la justicia y a una tutela judicial efectiva, y lo convirtieron en víctima de un montaje jurídico en su contra. Derivado de lo anterior, Pedro inició un proceso contra quien resultara responsable de la violación de sus derechos humanos y de los posibles delitos cometidos en su perjuicio ante la Fiscalía Especial de Atención a Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión.
El proceso contra Julio César Pérez Vela, un avance en la búsqueda de justicia de Canché.
La sentencia contra el perito Julio César Pérez fue dada a conocer el pasado jueves 28 de marzo, fecha en la cual integrantes de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión informaron a ARTICLE 19 – que acompaña legalmente al periodista- el sentido de la decisión.
La sentencia se da luego de que Julio César Pérez Vela fuera procesado en el Estado de Quintana Roo desde el pasado mes de mayo de 2018, en dónde también fueran detenidos en cumplimiento de orden de aprehensión el Juez que giró orden de aprehensión y dictó formal prisión por el delito de sabotaje a Pedro Canché sin pruebas que acreditaran el supuesto delito, Javier Ruíz Ortega, así como la Agente del Ministerio Público Tila Patricia Galera León quien ejerció acción penal en contra de Pedro aún cuándo no existió ningún elemento que acreditara la existencia del delito que se le imputó.
En este sentido, el Juez Sexto de Distrito consideró penalmente responsable por delitos contra la administración de justicia a Julio César Pérez pues emitió un dictamen pericial en criminalística de campo un día antes de que se iniciara investigación por el delito de sabotaje en contra de Pedro Canché, dictamen pericial al que la Ministerio Público y el Juez le dieron pleno valor probatorio, a pesar de que el mismo no tuvo fundamento que sustentara sus existencia.
De este modo, el Juez Federal con residencia en Chetumal sentenció a 3 años y 10 meses de prisión y multa por la cantidad de $42,343.28 a Julio César Pérez Vela, decretando además su destitución e inhabilitación para realizar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por el mismo lapso, así como la suspensión de sus derechos civiles y políticos. De la misma forma, el ex funcionario deberá reparar el daño cometido a Pedro Canché por los actos que cometió en su perjuicio.
ARTICLE 19 celebra las gestiones hechas por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, al tiempo que exige que continúe investigando a las demás personas que resulten responsables por los delitos cometidos contra Pedro Canché, antes, durante y después de su injusto encarcelamiento.
De la misma forma ARTICLE 19 ve con especial preocupación como el proceso que se ha llevado en contra de las y los funcionarios implicados en el injusto encarcelamiento de Canché en 2014, confirman el uso de los aparatos de procuración y administración de justicia como forma de castigo a las y los periodistas que ejercen su derecho a la libre expresión.
El Poder Judicial Federal debe continuar con las sanciones a los diversos funcionarios detenidos en mayo de 2018, es decir, la Ministerio Público Tila Patricia Galera León y Javier Ruíz Ortega, quien fuera secretario en funciones de Juez al momento de dictar a orden de aprehensión y formal prisión en contra de Pedro Celestino Canche Hérrera.
Por último, ARTICLE 19 hace un especial llamado al Poder Judicial Federal, en particular a las y los jueces y magistrados Federales con residencia en Quintana Roo a que garanticen el derecho a la justicia completa e imparcial a Pedro Canché, pues actos como el que anteriormente cometió el Juez Sexto de Distrito al cambiar su valoración de las pruebas y dejar en libertad a Javier Ruíz Ortega demuestran que la justicia continuará incompleta para el periodista hasta que se reviertan dichos actos que presumen parcialidad.
Nota para prensa
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