Ganan las combis TTE y taxistas, y pierde Uber
Esos son los puntos centrales de la iniciativa de Ley de Transporte presentada por el gobernador Carlos Joaquín
Propone que plataformas tipo Uber funcionen con concesión, como lo establece la ley vigente
Y mantiene todo el poder del transporte en Sintra, que puede continuar con los operativos contra Uber
En ese sentido, no cambia nada de la Ley actual
Lo más novedoso es la creación de una Comisión que dará los dictámenes técnicos para otorgar las concesiones
Es una iniciativa muy alejada de la Ley de Movilidad que apoyan los diputados, y un fuerte respaldo a los taxistas
Incertidumbre entre los legisladores por la diferencias entre su proyecto y el del mandatario estatal
Hugo Martoccia
La iniciativa de Ley de Tránsito, Transporte Publico, y Explotación de Vías Carreteras que presentó al Congreso el Gobernador Carlos Joaquin este 5 de diciembre, amenaza con levantar una gran polémica.
La iniciativa está muy alejada de la Ley de Movilidad que analizan actualmente los diputados, y, de hecho, mantiene en gran parte lo que tiene la ley vigente.
Los puntos más polémicos, sin embargo, tienen que ver con datos de la actualidad: la iniciativa del gobernador propone la virtual legalización de las combis TTE, y mantiene a Uber en su situación actual, ya que sólo podrá circular en el Estado si tiene concesiones.
La iniciativa de Ley mantiene todo el poder del transporte público en manos de Sintra.
Y se trata sin dudas de un fuerte respaldo a los sindicatos de taxistas en su batalla contra Uber y en el mantenimiento de las combis.
COMBIS TTE
En su artículo 52, la iniciativa hace algunos cambios en lo que significa el transporte público de pasajeros, que de hecho legaliza las polémicas combis de Transporte Terrestre Estatal (TTE) creadas por Borge.
Por ejemplo, en el tema del transporte urbano, dice que estos vehículos son los que tienen más de 25 lugares (o sea los camiones) cuando en la ley actual no existe ese límite de asientos. Esos son los que concesionan los municipios.
Pero ahí, en el número, está la razón de todo.
Al establecer ese límite mínimo de pasajeros para los autobuses, marca que los servicios de taxi colectivo y de taxi colectivo foráneo, son aquellos que tienen “capacidad de hasta 24 usuarios”. Ahí entran las combis TTE, y sus concesiones son estatales.
Los servicios de taxi colectivo están autorizados “para subir y bajar pasaje saliendo de un lugar fijo de origen y retorno al mismo”. Y en el caso del taxi colectivo foráneo, a ello le suma que su recorrido lo puede hacer “dentro de las carteras y caminos que unen varias poblaciones del estado”.
La ley actual considera que el servicio de taxi colectivo no puede tener más de cinco lugares. Por eso las combis no entraban dentro de esa categoría. Si esta iniciativa se aprueba, las combis ya tendrán su propio estatus legal.
UBER
A primera lectura, Uber aparece como el gran perdedor de esta iniciativa.
De hecho, no se cambia nada de lo que actualmente está permitido: Uber sólo podrá funcionar si tiene concesiones, y si nos las tiene, Sintra continuará con sus operativos en contra de sus vehículos.
Dice la iniciativa:
“Los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros que cumplan con las disposiciones contenidas en esta ley y demás disposiciones aplicables, podrán pactar sus servicios, por medio de contrato verbal, escrito, o por medio de servicios electrónicos, informáticos, de internet, de correo electrónico, de teléfono, incluyendo celulares y/o aplicaciones o programas utilizados por dichos medios.
“No será servicio público de transportes de pasajeros, el que se pretenda brindar o se brinde por particulares sin la autorización del titular de la Secretaria de Infraestructura y Transporte de estado de Quintana Roo a que hace referencia el artículo 33 de esta ley, independientemente de que dicho servicio se haya solicitado o pactado por medio de contrato verbal, escrito, o por medio de servicios electrónicos, informáticos, de internet, de correo electrónico, de teléfono incluyendo celulares y/o aplicaciones o programas utilizados por dichos medios.
La realización de esta actividad será sancionada en términos de esta Ley, sus Reglamentos y demás disposiciones aplicables”.
Esos dos últimos párrafos fueron incluidos en la ley durante el borgismo. No hay cambios aquí.
LA COMISIÓN Y LAS CONCESIONES
La mayor novedad es la creación de una “Comisión Consultiva de Transporte en el estado” que dará los dictámenes técnicos para entregar las concesiones. La facultad de dar las concesiones las mantiene el gobernador.
Entre las atribuciones del gobernador está:
“Autorizar la expedición de las concesiones y permisos para la prestación del servicio público de transporte (…) previo dictamen que emita la Comisión Consultiva del Transporte”
El instrumento principal de la ley es Sintra, que presidirá la mencionada Comisión, y será encargada del “otorgamiento y expedición de concesiones y permisos”
Los otros integrantes de la Comisión serán el director jurídico de Sintra, el Secretario de Gobierno, SEFIPLAN, los Presidentes municipales según la jurisdicción del asunto a tratar, el director de la Policía de Tránsito estatal, el Director de Comunicaciones y Transporte, el subdirector de Supervisión y Refrendo de concesionarios del servicio público, y el Consejero jurídico del Poder Ejecutivo
La Comisión será la encargada de “asesorar, autorizar, dictaminar, emitir opiniones y recomendaciones al titular de Sintra en materia de planeación de trasporte, incremento y revocación de concesiones y permisos”.
Esta iniciativa está tan alejada de la iniciativa de Ley de Movilidad, que fue propuesta por una mayoría de diputados, que ya se adelanta una batalla política de final impredecible en el Congreso.
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