(elmananerodiario.com).- En el mensaje a medios que dio el ex sacerdote Alberto Athié Gallo, el pasado 02 de junio, aseveró: «El cardenal Norberto Rivera Carrera tuvo conocimiento pleno, íntegro e indubitable de la comisión de presuntos hechos ilícitos perpetrados por al menos quince de sus sacerdotes adscritos a la arquidiócesis a su cargo».
“Me pidió que me bajara los pantalones y las truzas, me dijo ¡agáchate! voy a revisarte, recuerda que Dios castiga a los niños que se masturban. Después de violarme, me dijo que rezáramos juntos el ‘Padre Nuestro’. Tenía nueve años la primera vez que el padre Nicolás abusó sexualmente de mí”.
(Testimonio de víctima de cura pederasta).
Los ex sacerdotes José Barba y Alberto Athié Gallo denunciaron el 02 de junio del presente año ante la Procuraduría General de la República (PGR) al cardenal Norberto Rivera Carrera por el presunto encubrimiento de actos de pederastia.
Denuncia que fue ratificada en días pasados por los denunciantes ante dicha autoridad y se prevé, como parte de la indagatoria, que la PGR cite al cardenal Rivera Carrera a comparecer.
En el mensaje a medios que dio el ex sacerdote Alberto Athié Gallo, el pasado 02 de junio, aseveró: “El cardenal Norberto Rivera Carrera tuvo conocimiento pleno, íntegro e indubitable de la comisión de presuntos hechos ilícitos perpetrados por al menos quince de sus sacerdotes adscritos a la arquidiócesis a su cargo”.
Athié Gallo señaló también que “el cardenal Rivera abrió un expediente de investigación sobre estos ilícitos, mismo que envió al Vaticano, sin embargo, no hizo en paralelo ninguna acción para notificar a las autoridades mexicanas”.
El ex sacerdote indicó que “Rivera no informó de forma inmediata a la autoridad ministerial la probable comisión de los delitos de los ministros, cometidos en sus instalaciones o en el ejercicio de sus funciones. Hasta el momento no se sabe quiénes son las víctimas, dónde están y cuál es su situación actual”.
La respuesta de la Iglesia católica a dicha acusación contra su arzobispo primado de México, el cardenal Norberto Rivera Carrera, no se hizo esperar y la dieron a conocer a través de su Semanario Desde la fe, a continuación se reproduce íntegra la nota:
“Acusaciones de odio contra el Sr. Cardenal
El 2 de junio pasado, en vísperas de la renuncia como Arzobispo de México que el Card. Norberto Rivera Carrera presentara ante el Papa Francisco, los ex sacerdotes Alberto Athié y José Barba acudieron a la Procuraduría General de la República (PGR) para interponer una denuncia en su contra. Para tal acto convocaron a una rueda de prensa a fin de obtener un mero efecto mediático y dañar la imagen del Arzobispo de México, pues no existen pruebas que den soporte legal a su acusación en el sentido de que el Cardenal protegió a 15 sacerdotes que, según ellos, incurrieron en el delito de pederastia.
La información que ambos sacerdotes manejaron ante los medios de comunicación es falsa, y tiene su origen en un odio personal que Alberto Athié tiene en contra del Card. Rivera Carrera, mismo que le ha llevado a realizar actos desesperados de venganza, sin importarle caer en absurdos. Al respecto, cabe aclarar los siguientes cinco puntos:
1. Los ex sacerdotes aseguran que Rivera Carrera incurrió en encubrimiento de 15 sacerdotes pederastas. Esta información se desprende de una reunión que el Arzobispo de México tuvo el año pasado con periodistas de diversos medios de comunicación, en la que señaló que durante su gestión al frente de la Arquidiócesis había sancionado a 15 sacerdotes. Sin embargo, no todos por el delito de pederastia, sino de otros actos ilícitos –según el Derecho Canónico– que no necesariamente son compatibles con los delitos considerados por Derecho Civil, lo cual Alberto Athié y su compañero de engaños omiten señalar.
2. Entre ese grupo de 15 sacerdotes, hay, en efecto, acusados por el delito de pederastia; sin embargo, Norberto Rivera Carrera envió esos casos a Roma, donde se les llevó a cabo un juicio, y el Santo Padre determinó su expulsión. Eso no es encubrimiento; encubrirlos habría sido no tomar ninguna acción contra ellos, cambiarlos de parroquia, ocultar los hechos o darle largas a la familia, pero nada de eso ocurrió. El Sr. Cardenal actuó de forma debida, según la ley canónica.
3. Ambos ex sacerdotes, ignorando la ley o soslayándola con toda mala intención, afirman que el Cardenal Rivera Carrera debió haber denunciado ante la ley civil a dichos sacerdotes retirados de su ministerio por el Sumo Pontífice. Sin embargo, la mayoría de estos ex ministros cometieron dichos ilícitos antes del 2010, año en que se llevó a cabo la reforma al Código Penal Federal que obliga a personas o instituciones a dar parte a la autoridad en caso de tener conocimiento de un abuso contra un menor; antes de esta reforma, no se tenía esta obligación. Se ha registrado un caso posterior a esta ley, mismo que en su momento fue denunciado ante la autoridad; es decir, que el Card. Rivera Carrera ha actuado conforme a las leyes canónicas y civiles.
4. A partir de la reforma de 2010 al Código Penal Federal, el Arzobispo de México estableció una forma de actuar en la Arquidiócesis respecto al procedimiento en caso de detectarse un acto de pederastia: frente a la ejecución de un delito tan deleznable como es el abuso a un menor, lo primero que los afectados deben hacer es acudir ante la autoridad civil; y enseguida, con el acta de denuncia, la persona puede acudir ante él para escuchar sus argumentos y emprender el proceso canónico.
5. Alberto Athié y su compañero de ardides presentaron la denuncia ante la PGR en un momento coyuntural, buscando que el Santo Padre aceptara inmediatamente la renuncia como Arzobispo de México que le presentó el Cardenal por haber cumplido 75 años de edad, como lo marca el Derecho Canónico. Sin embargo, en Roma están bien informados sobre la manera en que se han venido manejando este tipo de casos, por lo que se puede decir que es una estrategia fallida”.
Lo publicado por el Semanario Católico de Información y Formación Desde la Fe, “5 claves para entender la absurda demanda” es un monumento a la impunidad, cinismo y desvergüenza de la cúpula eclesiástica.
El punto 3, es una joya del más absoluto y aberrante descaro.
Desde la Fe señala que “la mayoría de estos ex ministros cometieron dichos ilícitos antes del 2010, año en que se llevó a cabo la reforma al Código Penal Federal que obliga a personas o instituciones a dar parte a las autoridades en caso de tener conocimiento de un abuso contra un menor; antes de esa reforma no se tenía esta obligación”.
“No se tenía esta obligación”. “NO SE TENÍA ESTA OBLIGACIÓN”. ¡¡¡Caramba!!!
¿Esa es la respuesta de la Iglesia católica a los cientos, miles de víctimas de curas pederastas?
¿No tenían obligación para denunciar esos graves delitos?
Los menores de edad que fueron abusados sexualmente por curas, antes de dicha reforma ¿no merecían justicia?
¿No habrá justicia para ellos?
¿Los depravados, los inhumanos actos de los ministros quedarán sin consecuencias legales?
Los curas en México antes del 2010 gozaban de fuero angelical y civil para violar menores.
Los dignatarios canónigos durante décadas han solapado a sacerdotes pederastas, a depredadores de niños y niñas.
La cúpula del clero ha encubierto a engendros bajo sotanas.
La protección a sus ministros es sistemática. Los sacerdotes pederastas gozan de un tácito apoyo de sus superiores divinos.
¿Dónde queda la responsabilidad moral ante las víctimas, su familia y la sociedad de parte de la Iglesia?
“Antes de la reforma al Código Penal Federal no se tenía esta obligación”.
Antes del 2010 y después del 2010, no solo los autores de crímenes sexuales contra menores son culpables, también aquellos que consintieron que pederastas mantuvieran la investidura sacerdotal, ignorando el dolor, el sufrimiento de las víctimas. Dejándolas en la indefensión total, en el abandono, en el sufrimiento, la revictimización por parte de la Iglesia católica.
El horror después del horror.
La impunidad en México no solo cubre a políticos y funcionarios que se roban los recursos públicos todos los días.
La impunidad en México, también vive y respira desde la fe.
La protección a los jerarcas divinos por las máximas autoridades del país goza de cabal salud.
Los ladrones del erario en nuestro país tienen fuero constitucional; los violadores de niños y niñas en nuestro país tienen fuero angelical. Sus prerrogativas son divinas.
Antes del 2010, después del 2010.
¿Quiénes son los curas pederastas? ¿Cuáles son sus nombres y apellidos? ¿Dónde están?
Antes del 2010, después del 2010, el delito es el mismo: pederastia, encubrimiento, complicidad.
¿Y las víctimas? ¿A qué “divinidad” le rezan por justicia?