TULUM Q.ROO.
Pese a que Romualda Dzul, quien tomo el cargo como presidenta municipal del día lunes 3 de octubre en un discurso fingido e hipócrita, manifestó que en su gobierno no habría despidos, al interior del ayuntamiento de Tulum.
Lo cierto es que sus directores comenzaron a tumbar cabezas desde el primer día de su mandato, órdenes directas del hermano de la presidenta Marciano Dzul, es acusado de la muerte del periodista José Alberto Velazquez López, que laboraba en el Diario Expresiones.
Aunque la fiscalía especializada, aún no ha cerrado el caso, el principal sospecho hasta ahora es Marciano Dzul Camaal, pues tras varias publicaciones realizadas por Alberto Velazquez en el Diario Expresiones, notas que incomodaron a Marciano, mando a matar al periodista.
Hoy gobierna su hermanita, quien en la administración pasada fuera Directora de deportes, hoy edil municipal, la cual es de la misma calaña o peor que Marciano Dzul, tras un discurso fingido el primer día de mandato corrió a una veintena de trabajadores del ayuntamiento de Tulum, quienes no fueron afines a su campaña.
Lo más lamentable es que hoy que tienen el poder sus secuaces quieren hacer y deshacer, al interior del ayuntamiento. La manera más burda fue bajarles el sueldo para que muchos de manera voluntaria renunciaran.
De esta manera la presidenta municipal Rumualda Dzul, está atentando en contra de la economía de las familias tulumneses, pues los trabajadores a los que les bajo el sueldo, no solo los perjudico a ellos también a sus esposas e hijos, demostrando que la presidente municipal no tiene escrúpulos.
La presidenta tanto como el oficial mayor así como la directora de recursos humanos, violentó los derechos de los trabajadores, violando varios artículos de la ley estatal del trabajo.
Según las CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE TULUM, ESTADO DE QUINTANA ROO
El artículo 28 indica.- Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores, en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley Estatal y las presentes Condiciones Generales.
El artículo 45 cita lo siguiente.- Solo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores, cuando se trate:
I.- De deudas contraídas en la dependencia donde preste sus servicios por concepto de anticipos de salarios, préstamos a corto, mediano y largo plazo, pagos hechos en exceso, errores o perdidas debidamente comprobadas.
Por lo consiguiente el artículo 29 de las Condiciones Generales de Trabajo para los Trabajadores de la Administración Pública del Municipio de Tulum, Estado de Quintana Roo.
A la letra dice en el caso de pagos hechos en exceso, cualquiera que sea la causa, la Oficialía Mayor lo comunicará por escrito al trabajador de forma detallada, procediendo el Ayuntamiento a recuperar el monto de la cantidad pagada en exceso en las cuatro quincenas subsecuentes, sin que ello implique nota desfavorable en el expediente personal del trabajador, observándose al respecto lo establecido en el artículo 38 de la Ley Reglamentaria.
(Entiéndase como pagos en exceso: cuando por error o por favoritismo de un servidor público depositare más de una quincena al trabajador, este mismo deberá devolver dicho dinero, sin afectar su nómina de pago).
Así que sin decir agua va, la presidenta y sus secuaces, les descotaron de manera arbitraria más de la mitad de su sueldo a los trabajadores del ayuntamiento, pero la situación no fue pareja, pues su gente tuvieron su pago completo.